La prohibición de propiedades extranjeras en Baleares vulnera la legislación de la UE

Los partidos de izquierda siguen presionando para restringir las inversiones de los no residentes

El gobierno balear corre el riesgo de incumplir la legislación de la UE sobre la prohibición de productos extranjeros.

El Gobierno balear corre el riesgo de incumplir la legislación de la UE sobre la prohibición de productos extranjeros. | Periodista del Mallorca Daily Bulletin

Humphrey CarterPalma 28/02/2023 12:48

Prohibir la compra de viviendas a los no residentes en Baleares, como propone el Gobierno Balear, es directamente contrario al Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea , ya que se consideraría directamente discriminatorio al beneficiar a los ciudadanos españoles y perjudicar a los de otros Estados miembros.

Esta es la conclusión del informe sobre la compatibilidad con la legislación de la UE de la limitación de la compra de viviendas en Baleares elaborado para la Asociación Empresarial De Promotores Constructores De Baleares (Proinba).

Proinba advierte de que una medida normativa que prohíba o restrinja la compra de viviendas en Baleares por parte de no residentes «restringiría las dos libertades fundamentales del Tratado, como son la libertad de establecimiento y la libre circulación de capitales».

Este informe, elaborado por el bufete Uría Menéndez, analiza la compatibilidad con el Derecho de la UE de una ley hipotética prohibición o restricción de la compra de viviendas en Baleares por personas físicas o jurídicas no residentes en las islas o por personas con un periodo de residencia en la comunidad inferior a cinco años.

Advierten de que esta medida «sería directamente contraria» al Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, así como a la Carta de los Derechos Fundamentales.

Además, señalan que el Acta de Adhesión de España a la UE no contiene ninguna excepción a la aplicación de estos derechos, por lo que las restricciones no estarían amparadas por ella.

El informe también señala que la medida propuesta por el Gobierno se consideraría indirectamente discriminatoria al beneficiar a los ciudadanos españoles y perjudicar a los de otros Estados miembros de la UE. «Esto bastaría por sí solo para que la medida fuera contraria al Derecho de la UE «, añaden.

El Tribunal Superior de Justicia de la UE ha confirmado en repetidas ocasiones que las restricciones a la compraventa de bienes inmuebles impuestas por los Estados miembros son, en sí mismas, restricciones a la libertad de establecimiento y a la libre circulación de capitales.